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Beneficios del Préstamo Reconstruye Popular

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BANCO 24/7

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Detalles del Préstamo Reconstruye Popular

Es un préstamo respaldado por tus ahorros o Depósito a Plazo, que te ofrece una tasa preferencial de financiamiento. Con esta opción, puedes conservar tus ahorros mientras continúan generando intereses

Informaciones generales:
  • Ingresos mínimos: RD$25,000.00
  • Plazo máximo de financiamiento: 60 meses
  • Porcentaje de financiamiento del valor de garantía: hasta 100%

No aplica penalidad por pagos anticipados y cancelación anticipada.

Comisión por mora: 5.0% de la cuota en mora.

PAGARÉ CUOTA NIVELADA CON PIGNORACIÓN

VALOR ___________________

OFICINA ____________________

CUOTAS:

RENOVACIÓN: SI NO

NO. DE PAGARÉ

Me (nos) obligo (amos) solidaria e indivisiblemente a pagar a Banco Popular Dominicano, S. A. - Banco Múltiple (en lo adelante denominada EL BANCO) en su oficina, o su orden en cualquiera de sus oficinas en República Dominicana, la suma de ___________________ más intereses y comisiones al tipo del ___________________ por ciento______ %) anual. A partir del desembolso se producirán intereses calculados sobre saldos insolutos mensuales a ser pagados mensualmente por el deudor: Los intereses se calcularán sobre el capital por la tasa de interés, en base a un (1) año de trescientos sesenta (360) días y el resultado se multiplicará por los días calendario (365). Es decir: i= (capital x (tasa de interés porcentual/360) x días calendario 365. Este pagaré se instrumenta en virtud del contrato de préstamo o línea de crédito, según sean el caso, suscrito entre las partes, del cual forma parte integral, quedando su pago sujeto a las condiciones y estipulaciones de dicho contrato.

Este crédito será pagadero mediante _____________ cuotas mensuales niveladas de _________________ a partir de los ( ____) días luego de efectuado el desembolso, conforme se detalla en la Tabla de Amortización que el (los) suscritos declara(n) recibir a la suscripción del presente pagaré y del contrato de préstamo. Igualmente, el suscrito (s) reconoce que BANCO POPULAR le ha informado que la cuota, podría tener una ligera variación, dependiendo del día exacto del mes en que sea realizado el desembolso, lo cual incide en el cálculo debido a la cantidad de días naturales de cada mes. El suscrito (s) acepta y que BANCO POPULAR le suministrará conjuntamente con el pagaré y contrato, la tabla correspondiente a su(s) seguro(s) pagaderos con la cuota mensual de su préstamo si aplica este último. Estas cuotas serán iguales, fijas y consecutivas conforme se establece en el contrato de préstamo o línea de crédito referido, salvo en caso de lo indicado en el párrafo V.

Estos pagos comprenden la parte de capital a reembolsar, los intereses correspondientes conforme contrato de préstamo o línea de crédito referido y Tarifario de Servicios. A falta de pago de dos (2) de las indicadas cuotas, él (los) suscrito (s) perderá (n) el beneficio del término y la totalidad de la deuda será exigible, sin necesidad de aviso previo o alguna otro formalidad judicial o extrajudicial. Si por cualquier circunstancia no pagare esta obligación a su vencimiento, la misma devengará cargos por mora establecidos en el tarifario de servicios, a título de cláusula penal, desde esa fecha, hasta que sea totalmente liquidada, independientemente de los intereses calculados al tipo convenido en los documentos suscritos y que se encuentran especificados en el referido Tarifario de Servicios.

La(s) parte(s) de este acto, y cada una de ellas, incluyendo los libradores y endosantes de este pagaré, por la presente renuncian a la presentación para el pago, notificación por falta de pago, protesto y cada una conviene en que el tenedor de este pagaré podrá prorrogar la fecha de pago, en circunstancia de incumplimiento del deudor, o alguna de las partes que contrae esta obligación, debiendo la misma ser notificada al deudor por escrito por medio de canales directos como comunicaciones, correos electrónicos, mensajes SMS u otro medio similar; y adicionalmente a través de los siguientes canales: a través de su oficial de cuentas, Internet Banking, Telebanco, entre otros, y continuarán siendo responsables de la obligación como si todas y cada una de ellas hubiese expresamente consentido en tal prórroga.

Queda convenido expresamente entre las partes que las tasas de interés, mora y / o comisiones aplicables a este préstamo están sujetas a modificaciones automáticas por parte de EL BANCO, reservándose este el derecho de ajustarlas. Las partes acuerdan también formalmente que la tasa de interés, mora y / o comisiones puedan ser variada por EL BANCO, a su sola opción, de tiempo en tiempo para reflejar las condiciones del mercado financiero nacional en esos momentos. Asimismo, EL BANCO se reserva el derecho de cambiar el número de cuotas o el monto de las cuotas si hubiera una variación de tasa y/o el cliente realice abonos extraordinarios, debiendo EL BANCO informar estas modificaciones previamente mediante comunicación escrita y/o por los canales que dispone. En estos casos de modificaciones a las condiciones pactadas, el (los) suscritos (s) reconoce (n), que BANCO POPULAR le informará estas modificaciones con 30 días de antelación a la fecha de efectividad del cambio, mediante comunicación escrita, y/o por cualquier otro de los canales directos y/o fehacientes que dispone EL BANCO.

El(los) suscrito(s) expresamente autoriza(n) y faculta(n) al Banco, a su sola opción, y en cualquier momento a compensar y aplicar al pago de este pagaré, sus intereses y mora vencidos , y de cualquier otra obligación u obligaciones existentes en el presente o en que incurra(n) el(los) suscrito(s) en el futuro en favor del Banco, siempre y cuando tengan origen en el Contrato de Préstamo del cual forma parte integral el presente pagare que se suscribe al efecto, cualquier dinero y todas las sumas de dinero que estén actualmente o estuviesen en el futuro en manos del Banco, bien sea depósito o cualquier otro título, acreditados o pertenecientes al(los) suscrito(s) o cualquiera de ellos. Estas compensaciones se realizarán, previo cobro, únicamente sobre las sumas vencidas y /o exigibles y deberán ser notificadas al Deudor por escrito sobre el monto y concepto de la misma.

El (los) suscrito(s) expresamente autoriza(n) y faculta(n) a EL BANCO, a su sola opción y sin agotar formalidad judicial o extrajudicial previa, a debitar de su(s) cuenta(s) de ahorros, de cheques o cualquier otra inversión o fondos que se encuentren depositados en manos de EL BANCO para fines de cubrir cualquier suma en principal, interés, mora, prima de seguro o cualquier otro accesorio que sea adeudado a dicho BANCO para este préstamo y/o cualquier otro que pueda adeudar. En caso de fallecimiento del (de los) suscrito(s) esta deuda es indivisible con relación a los herederos del (de los) deudor(es), los cuales responderán indistintamente cada uno de la totalidad de la deuda, sobre las sumas vencidas y exigibles. En caso de que el (los) suscrito (s) sea(n) una persona jurídica, reconoce (n) y acepta (n) que, en caso de cierre, liquidación, resolución y/absorción del (los) suscrito (s), esta deuda es indivisible con relación a los continuadores jurídicos, los cuales responderán indistintamente cada uno de la totalidad de la deuda.

Todo pago o cualquier otro acto, que de acuerdo con este documento debiera efectuarse en sábado o en días que sean feriados según la ley del lugar en que deba ser hecho, se entenderá válidamente efectuado en el primer día hábil que anteceda o preceda el día feriado, sin que en tal caso proceda recargo alguno.

En virtud de las disposiciones de la Ley Orgánica sobre Protección de Datos de Carácter Personal No. 172-13, del 13 de diciembre de 2013, el(los) suscrito(s) autoriza a EL BANCO a consultarlo en la base de datos de las Sociedades de Información Crediticia (SIC) a los fines de evaluación de crédito, así como para cualquier uso adicional que EL BANCO considere pertinente con el objetivo de brindar sus servicios a el(los) suscrito(s) así como para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, especialmente, y sin que ello sea limitativo, a las disposiciones sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. el(los) suscrito(s) declara (n), reconoce y acepta el uso y conservación de la información de carácter personal y crediticia otorgada a EL BANCO, facultando tanto a éste como a su casa matriz, Grupo Popular, S. A., a las empresas filiales de este último, y a sus subsidiarias, a mantener dichas informaciones en sus bases de datos. De igual forma, el(los) suscrito(s) autoriza a EL BANCO a trasmitir a las Sociedades de Información Crediticia (SIC) la información patrimonial y extrapatrimonial requerida conforme los parámetros de ley y necesaria para los fines de evaluación del crédito por parte de otras instituciones suscriptores de dichas Sociedades de Información, reconociendo y garantizando que la revelación de dichas informaciones por parte de EL BANCO y/o por las Sociedades de Información Crediticia y/o por sus respectivos empleados, funcionarios y accionistas no conllevará violación de secreto profesional a los efectos del Artículo 377 del Código Penal, violación al secreto bancario a los efectos del literal b) de la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, ni generarán responsabilidad bajo los Artículos 1382 y siguiente del Código Civil, ni bajo ningún otro texto legal. De igual forma, el(los) suscrito(s) consiente y autoriza a EL BANCO a ceder las informaciones otorgadas, incluyendo informaciones biográficas, a sus gestores de cobro, a la casa matriz de EL BANCO, Grupo Popular, S. A., a las empresas filiales de éste último, a sus subsidiarias y a las sociedades con quienes mantenga acuerdos de referimiento o relaciones comerciales para dar cumplimiento a los fines directamente relacionados con el interés legítimo de EL BANCO y el(los) suscrito(s), manteniendo éste la facultad de rectificar y/o suprimir los datos que demuestre sean incorrectos, incompletos, desactualizados o cuyo registro esté prohibido.

Asimismo, el(los) suscrito(s) autoriza (n) expresamente a EL BANCO a consultar sus datos en el Maestro de Cedulados que mantiene la Junta Central Electoral (JCE), conforme las disposiciones del Reglamento que establece el Procedimiento para Acceder al Maestro de Cedulados y Fija las Tasas por los Servicios de Acceso de fecha 23 de julio de 2013, descargando a EL BANCO de cualquier responsabilidad relativa a la consulta realizada en el referido Maestro, en el entendido de que dichos datos deberán ser manejados con la debida confidencialidad y no podrán ser divulgados sin el consentimiento de el(los) suscrito(s).

El(los) suscrito(s) de nacionalidad extranjera, en los casos que aplique, autoriza (n) a EL BANCO, a realizar las revisiones correspondientes de su historial crediticio en el buró de crédito internacional que corresponda.

El(los) suscrito(s) declara(n) y reconoce(n) que EL BANCO podría estar obligado a cumplir con las reglas de captación, procesamiento y reporte de información, establecidas por la ley fiscal de cuentas en el extranjero de EE.UU. denominada como “Foreign Account Tax Compliance Act” (FATCA). En consecuencia, el(los) suscrito(s) autoriza (n) a EL BANCO a suministrar información sobre este y sus productos bancarios al Internal Revenue Service o, en su forma abreviada IRS.

El (los) suscrito(s) reconoce(n) que elige(n) domicilio en la dirección indicada al pie de este pagaré y, en consecuencia, en ese lugar se le(s) podrá(n) hacer válidamente todas las notificaciones. Me (nos) comprometo (comprometemos) solidaria e indivisiblemente, en caso de incumplimiento de esta obligación, al pago de la misma, así como sus accesorios, los costos, gastos y desembolsos que ocasione la reclamación y, además, al pago de los honorarios de abogados, en que pudiere incurrir el tenedor de esta obligación en el cobro de la misma sobre las sumas vencidas y exigibles, bien sea mediante procedimiento judicial, o de cualquier otra manera, estipulándose además, que en caso de que se iniciara un procedimiento judicial de cobro, se compromete(n) a pagar los costos procesales, y dichas sumas, serán ciertas, líquidas y exigibles por el solo hecho de haberse iniciado los procedimientos de cobro. El Banco, a requerimiento del deudor, entregará los documentos que justifiquen la ejecución de las diligencias que motivaron los gastos referidos en el presente párrafo. Las sumas exigibles por concepto de diligencias realizadas serán requeridas cuando se produzcan las diligencias que generan su cobro.

El dinero desembolsado mediante este préstamo a el (los) suscribiente(s) será acreditado a la cuenta No. __________________.

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los_____________ ( ) días del mes de ______________ del año ___________.

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Cédula de Identidad y electoral / Pasaporte No.:

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