Sumas aseguradas (valores expresados en pesos dominicanos)
La cobertura es al 100% del monto asegurado menos el deducible:
• Incendio y/o rayo
• Terremoto y/o temblor de tierra
• Ciclón, huracán, tornado y manga de viento
• Inundación y/o ras de mar
• Daños por agua lluvia a consecuencia de ciclón
• Daños por agua accidental
• Daños por naves aéreas y/o vehículos terrestres
• Explosión
• Motín, huelgas y daños maliciosos
• Daños por humo
• Remoción de escombros
• Colapso y/o derrumbe
Exclusiones
• Todo tipo de contenido, como mobiliarios, equipos, enseres, entre otros.
• Construcciones que no sean de tipo superior, primera clase o primera clase especial.
• Edificaciones utilizadas para giros industriales.
• Propiedades a menos de 500mts de la costa (Beach Front).
• Oro, plata y/o cualquier otro metal precioso en cualquiera de sus formas.
• Joyas y piedras preciosas y cualquier objeto raro o de arte.
• Los manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, modelos y moldes.
• Explosión
• Los títulos, papeletas de empeño o documentos de cualquier clase, sellos, monedas, billetes de banco, dinero en efectivo, cheques, letras, pagarés y/o cualquier otro documento negociable, registros y libros de comercio.
• Información (data), registros y programas computarizados.
• Explosivos.
• Animales, vehículos de motor, naves acuáticas y aéreas, terrenos, puentes, marinas, muelles, calles y aceras, lagunas, ríos, presas y diques.
• Cosechas y frutos en pié, árboles, arbustos y jardinerías.
• Las líneas de transmisión fuera de los predios del riesgo asegurado.
• Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones militares (exista o no declaración de guerra), guerra civil, motín, huelga, vandalismo, conmoción civil que asumiere las proporciones de o llegare a constituir un levantamiento popular o militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpación de poder, ley marcial, confiscación, nacionalización, requisición o destrucción de o daño a propiedad por o bajo orden de cualquier gobierno o autoridad pública o local, o cualquier acto de cualquier persona que actúe en nombre de o en relación con cualquier organización cuyas actividades estén dirigidas a la destitución por la fuerza del gobierno de jure o de facto o el influenciarlo mediante el terrorismo o la violencia.
• Material para armas y equipos nucleares.
• La emisión de radiaciones ionizantes o contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio radioactivo de la combustión de combustible nuclear.
• Demás exclusiones especificadas en las Condiciones Generales.
Procedimientos y Canales para presentar reclamaciones
Le corresponde al contratante, asegurado o beneficiarios de la póliza notificar el siniestro a su oficial de cuenta, quien le asistirá en el llenado de formularios y requisitos para el levantamiento del reclamo con la compañía aseguradora. La aseguradora tiene el derecho de exigir toda clase de información acerca del evento, de sus consecuencias y de los hechos relacionados con ambos. La ejecución del pago de las reclamaciones tendrá una duración máxima de 30 días laborables, siempre y cuando, la documentación requerida esté completa y cumpla con los requisitos establecidos por Seguros Universal.